Introducción a las zonas de comercio exterior

Las zonas de comercio exterior (FTZ) son áreas seguras bajo la supervisión de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP) que generalmente se consideran fuera del territorio de la CBP al activarse. Situadas en los puertos de entrada del CBP o cerca de ellos, son la versión estadounidense de lo que se conoce internacionalmente como zonas de libre comercio. La autoridad para establecer estas instalaciones la otorga la Junta de Zonas de Comercio Exterior en virtud de la Ley de Zonas de Comercio Exterior de 1934, con sus modificaciones (19 U.S.C. 81a-81u). La Ley de Zonas de Comercio Exterior se administra a través de dos conjuntos de reglamentos, el Reglamento de Zonas de Comercio Exterior (15 CFR Parte 400) y el Reglamento del CBP (19 CFR Parte 146). Las mercancías extranjeras y nacionales pueden trasladarse a las zonas para realizar operaciones, no prohibidas por la ley, incluyendo el almacenamiento, la exposición, el montaje, la fabricación y el procesamiento. Toda actividad en la zona está sujeta a la revisión del interés público. Las zonas de comercio exterior están sujetas a las leyes y reglamentos de los Estados Unidos, así como a los de los estados y comunidades en los que se encuentran. En virtud de los procedimientos de zona, no se requieren los procedimientos formales habituales de entrada de la CBP ni el pago de derechos sobre la mercancía extranjera, a menos que entre en el territorio de la CBP para el consumo nacional, momento en el que el importador generalmente tiene la opción de pagar los derechos a la tasa de los materiales extranjeros originales o del producto terminado. Las mercancías nacionales trasladadas a la zona para su exportación pueden considerarse exportadas en el momento de su admisión en la zona a efectos de las bonificaciones y devoluciones de impuestos especiales. Corporaciones públicas o privadas cualificadas que pueden operar las instalaciones por sí mismas o contratar la operación patrocinan las zonas de comercio exterior. Las operaciones se realizan en régimen de utilidad pública, con tarifas publicadas. Una zona típica de uso general ofrece a los usuarios espacio de almacenamiento/distribución alquilable en edificios de tipo almacén general con acceso a varios medios de transporte. Muchos proyectos de zonas incluyen un polígono industrial con parcelas en las que los usuarios de la zona pueden construir sus propias instalaciones.

Las subzonas son normalmente emplazamientos de plantas privadas autorizadas por la Junta y patrocinadas por un concesionario para operaciones que normalmente no pueden acomodarse dentro de una zona de uso general existente.

Las ventajas de utilizar una zona de comercio exterior

Los derechos de aduana y el impuesto federal sobre el consumo, si procede, se pagan cuando la mercancía se transfiere desde la zona para su consumo. Mientras esté en la zona, la mercancía no está sujeta a los derechos de aduana o al impuesto sobre el consumo de Estados Unidos. Ciertos bienes personales tangibles están generalmente exentos de impuestos estatales y locales ad valorem. Las mercancías pueden exportarse desde la zona libres de derechos e impuestos especiales. Los requisitos de seguridad del CBP proporcionan protección contra el robo. Las mercancías pueden permanecer en una zona indefinidamente, estén o no sujetas a derechos. La tasa de derechos e impuestos sobre las mercancías admitidas en una zona puede cambiar como resultado de las operaciones realizadas dentro de la zona. Por lo tanto, el usuario de la zona que planea ingresar la mercancía para su consumo al territorio de la CBP puede normalmente optar por pagar el tipo de derecho aplicable sobre el material extranjero colocado en la zona o el tipo de derecho aplicable sobre el artículo terminado transferido desde la zona, lo que le resulte más ventajoso. La mercancía importada bajo fianza puede ser admitida en una FTZ con el fin de satisfacer un requisito legal de exportación de la mercancía. Por ejemplo, la mercancía puede ser admitida en una zona para satisfacer cualquier requisito de exportación de la Ley Arancelaria de 1930, o un requisito de exportación de cualquier otra ley federal (y muchas leyes estatales) en la medida en que la agencia encargada de su aplicación lo considere así.

Establecer una Zona de Comercio Exterior

La Ley de Zonas de Comercio Exterior de 1934 creó una Junta de Zonas de Comercio Exterior para revisar y aprobar las solicitudes para establecer, operar y mantener zonas de comercio exterior. La Junta puede aprobar cualquier zona o subzona que considere necesaria para servir adecuadamente al «interés público». La Junta también regula la administración de las zonas de comercio exterior y las tarifas que cobran los «concesionarios» de la zona. El CBP debe aprobar la activación de la zona antes de que se admita cualquier mercancía en virtud de la Ley de Zonas de Comercio Exterior. La intención del programa de zonas de comercio exterior de Estados Unidos es estimular el crecimiento y el desarrollo económico del país. En un mercado global en expansión, existe una mayor competencia entre las naciones por los puestos de trabajo, la industria y el capital. El programa de zonas francas fue diseñado para promover la competitividad estadounidense alentando a las empresas a mantener y ampliar sus operaciones en los Estados Unidos. El programa de zonas francas fomenta las operaciones con sede en los Estados Unidos mediante la eliminación de ciertos desincentivos asociados a la fabricación en los Estados Unidos. El derecho sobre un producto fabricado en el extranjero e importado a Estados Unidos se aplica al producto acabado y no a sus partes, materiales o componentes individuales. El fabricante estadounidense se encuentra en desventaja frente a su competidor extranjero cuando debe pagar una tasa más alta por las piezas, materiales o componentes importados para su uso en un proceso de fabricación. El programa de zonas francas corrige este desequilibrio al tratar los productos fabricados en la zona, a efectos de evaluación arancelaria, como si se hubieran fabricado en el extranjero. Al mismo tiempo, este país se beneficia porque el fabricante de la zona utiliza mano de obra, servicios e insumos estadounidenses.

Función de la CBP

La CBP es responsable de la transferencia de mercancías dentro y fuera de la FTZ y de los asuntos relacionados con la recaudación de ingresos. La Oficina de Reglamentos y Resoluciones de la sede del CBP proporciona interpretaciones legales de la legislación aplicable, los reglamentos y los procedimientos del CBP. El Director de Puerto del CBP, en cuyo puerto se encuentra una zona, se encarga de supervisar la actividad de la zona como representante local de la Junta de Zonas de Comercio Exterior. Controla la admisión de la mercancía en la zona, la manipulación y la disposición de la mercancía en la zona, y la retirada de la mercancía de la zona. Además de la Ley de Zonas de Comercio Exterior, hace cumplir todas las leyes que normalmente aplica el CBP y que son relevantes para las zonas de comercio exterior.

Las zonas son supervisadas por Coordinadores de Zonas de Comercio Exterior (es decir, Oficiales de CBP, Especialistas en Importación, Especialistas en Entrada o Especialistas en Agricultura, etc.) a través de revisiones y visitas de cumplimiento; la seguridad de la zona debe cumplir con ciertos requisitos.

Qué se puede colocar en las zonas

Cualquier mercancía extranjera o nacional que no esté prohibida por la ley u otra excepción enumerada a continuación, ya sea gravable o no, puede ser llevada a una zona de comercio exterior.

La mercancía que legalmente no puede ser importada a los Estados Unidos, está prohibida sin excepción. Además, la colocación de mercancías sujetas a una cuota en una zona no puede eludir la cuota sobre la mercancía importada.

Por otro lado, las mercancías para las que se ha llenado una cuota o para las que se ha establecido una cuota de entrada, pueden colocarse en una zona hasta que la cuota se abra o se elimine, ya que las zonas de comercio exterior se consideran fuera del territorio del CBP a efectos de entrada. Tales productos, con la excepción de ciertos textiles (19 CFR 146.63(d)), pueden ser manipulados o fabricados mientras se encuentran en la zona en un producto no sujeto a cuota. Algunas agencias federales regulan el almacenamiento y la manipulación en los Estados Unidos de ciertos tipos de mercancías, como los explosivos. Dependiendo de la naturaleza de los requisitos y de las características particulares de la instalación de la zona, dicha mercancía puede quedar excluida. Además, los organismos que conceden licencias a los importadores o emiten permisos de importación pueden bloquear las admisiones a una zona que no estén debidamente autorizadas o permitidas.

La Junta de Zonas Francas puede excluir de una zona cualquier mercancía que, a su juicio, sea perjudicial para el interés público, la salud o la seguridad. La Junta podrá establecer restricciones a ciertos tipos de mercancías, que limitarán el estatus de zona permitido, el tipo de operación de la mercancía en una zona, la entrada de la mercancía en el comercio o transacciones o actividades similares.

Qué puede hacerse en las zonas

La Junta de Zonas Francas podrá excluir de una zona cualquier mercancía que a su juicio sea perjudicial para el interés público, la salud o la seguridad. La Junta puede imponer restricciones a ciertos tipos de mercancías, lo que limitaría el estatus de zona permitido, el tipo de operación de la mercancía en una zona, la entrada de la mercancía en el comercio, o transacciones o actividades similares. Muchos productos sujetos a un impuesto interno no pueden ser fabricados en una zona. Entre estos productos se encuentran las bebidas alcohólicas, los productos que contengan bebidas alcohólicas, excepto los licores destilados domésticos, los perfumes que contengan alcohol, los productos del tabaco, las armas de fuego y el azúcar. Además, no se permite la fabricación de movimientos de relojes en una zona.

No se puede realizar comercio al por menor de mercancías extranjeras en una zona franca. Sin embargo, las mercancías extranjeras y nacionales pueden ser almacenadas, examinadas, muestreadas y expuestas en una zona.

La entrada de mercancías de una zona a los Estados Unidos para su consumo

La entrada, clasificación y valoración de las mercancías transferidas desde una zona de comercio exterior se ve afectada por el «estatus» de la mercancía.

Calificación extranjera privilegiada

Antes de cualquier manipulación o fabricación, que cambiaría su clasificación arancelaria, un importador puede solicitar al Director del Puerto que la mercancía importada en la zona tenga una calificación extranjera privilegiada. La mercancía se clasifica y valora y los derechos e impuestos se determinan a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Cuando dicha mercancía es transferida desde la zona para su consumo en Estados Unidos, ya sea en su estado original o después de su manipulación o fabricación, los derechos e impuestos aplicables se pagarían en base a la tasa establecida cuando se concedió el estatus de extranjero privilegiado.

Estado restringido de la zona

La mercancía transferida a una zona desde el territorio de la CBP para su almacenamiento o con el fin de satisfacer un requisito legal de exportación o destrucción se considera exportada y no puede ser devuelta al territorio de la CBP para su consumo a menos que la Junta de Zonas Francas dictamine que su devolución es de interés público. El estatus de la mercancía transferida a una zona en estas circunstancias es de «zona restringida». La mercancía de zona restringida no puede ser manipulada, salvo para destruirla, ni fabricada en una zona. Al igual que en el caso del estatus de extranjero privilegiado, el usuario de la zona debe solicitar el estatus de zona restringida en el formulario CBP correspondiente.

Estado de extranjero no privilegiado

Las mercancías compuestas en su totalidad o derivadas en su totalidad de mercancías no privilegiadas se valoran y clasifican en su estado en el momento del traslado al territorio CBP para su consumo o para el depósito aduanero CBP. A los residuos recuperados de las mercancías extranjeras privilegiadas se les asigna el estatus de NPF. A la mercancía nacional, que ha perdido su identidad, se le asignará el estatus de NPF. El estatus NPF puede ser cambiado a PF antes de la manipulación o fabricación.

Estado nacional

El estatus nacional, que puede ser aprobado previa solicitud al Director del Puerto, está disponible para la mercancía que es (a) el crecimiento, producto o fabricación de los Estados Unidos sobre la cual se han pagado todos los impuestos de ingresos internos, si es aplicable, (b) mercancía previamente importada sobre la cual se han pagado todos los impuestos de ingresos internos, o (c) mercancía previamente admitida libre de impuestos. La mercancía nacional podrá ser admitida en una zona sin permiso de la CBP, y también podrá ser retirada de una zona sin permiso de la CBP si no ha sido combinada con ninguna otra mercancía de cualquier otro estatus.

  • Manual de la zona de comercio exterior
  • Preguntas frecuentes sobre la zona de comercio exterior
  • Cómo empezar a utilizar los sistemas automatizados del CBP
  • Lista de comprobación de la automatización de la zona de comercio exterior

¿Dónde se puede obtener información adicional? La Secretaría Ejecutiva de la Junta se encuentra en:
Departamento de Comercio de los Estados Unidos
Junta de Zonas Francas
1401 Constitution Avenue, NW, Room 2111
Washington, D.C. 20230
Teléfono principal: (202) 482-2862

Foreign-Trade Zones Board

Las regulaciones de la CBP, 19 CFR Parte 146, regulan la transferencia de mercancías hacia y desde las zonas de comercio exterior. Para obtener respuestas a preguntas específicas, póngase en contacto con el director del puerto del CBP donde se encuentra la zona o con la sede del CBP en:

U.S. Customs and Border Protection
Office of Field Operations
Cargo and Conveyance Security
1300 Pennsylvania Avenue, NW, Room 2.2A
Washington, D.C. 20229-1015 O por correo electrónico: Control de Carga.

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