El propósito de este sitio web es proporcionar información útil, resúmenes del Acuerdo de Conciliación y enlaces a documentos relevantes para los Miembros del Grupo del Acuerdo y otras personas interesadas en el Acuerdo. Este sitio web no pretende describir o resumir todos los términos y condiciones del Acuerdo. El Acuerdo de Conciliación completo y cualquier orden judicial definen todos esos detalles y rigen los derechos y responsabilidades de los Miembros del Grupo del Acuerdo y de CertainTeed. Si existe algún conflicto entre las disposiciones de este sitio web, o las disposiciones de cualquier formulario contenido en este sitio web, y los términos del Acuerdo de Conciliación, prevalecen los términos del Acuerdo de Conciliación. Los desarrollos legales y las modificaciones del Acuerdo de Conciliación pueden hacer que la información de este sitio web quede obsoleta.

Si usted es miembro del grupo, el Acuerdo afectará a sus derechos.
Este sitio web explica:

  • Qué es una demanda colectiva.
  • De qué trata esta demanda colectiva.
  • Quién es miembro del Grupo del Acuerdo.
  • Qué beneficios están disponibles para los miembros del Grupo del Acuerdo y quién tiene derecho a obtenerlos.
  • Cómo solicitar los beneficios.
  • Este Acuerdo resuelve una demanda sobre si las tejas orgánicas para techos fabricadas por el Demandado, CertainTeed Corporation, desde el 1 de julio de 1987 hasta 2005 son defectuosas y no funcionaron como se prometió cuando se instalaron en edificios ubicados en Estados Unidos y Canadá.
  • El Acuerdo proporciona pagos en efectivo a las personas que reúnen los requisitos en los Estados Unidos y Canadá para proporcionar una compensación en los casos en los que las tejas orgánicas muestran un deterioro prematuro que probablemente sea causado por un defecto del producto.
  • El Tribunal a cargo de este caso aprobó el Acuerdo el 1 de septiembre de 2010. El Acuerdo de Conciliación entró en vigor el 2 de octubre de 2010, y CertainTeed está procesando y pagando las reclamaciones.
  • Debe presentar oportunamente un formulario de reclamación y ajustarse a la definición de Reclamante Elegible para recibir un pago en efectivo. Dado que han pasado años desde que se aprobó y entró en vigor el Acuerdo de Conciliación, muchos de los plazos de reclamación han pasado. EN LA ACTUALIDAD, SÓLO LOS PROPIETARIOS DE EDIFICIOS CUYAS TEJAS AÚN ESTÁN EN GARANTÍA PUEDEN PRESENTAR UNA RECLAMACIÓN EN VIRTUD DEL ACUERDO DE CONCILIACIÓN. Si usted adquirió un edificio en el que se instalaron tejas orgánicas CertainTeed cuando adquirió el edificio, y adquirió el edificio de alguien que no era el constructor o el comprador original de las tejas, se le anima a ponerse en contacto con CertainTeed antes de presentar un formulario de reclamación para determinar la viabilidad continua de su reclamación.
  • Si tiene tejas orgánicas CertainTeed en su techo, lea atentamente este sitio web.

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