Si usted ha proporcionado mano de obra, servicios o materiales en un proyecto de construcción en Florida y tiene pagos pendientes de pago, a continuación, la presentación de un derecho de retención de mecánicos es el instrumento que va a querer utilizar para asegurar el pago del dueño de la propiedad. Florida concede derechos de gravamen a la mayoría de los contribuyentes del proyecto, incluyendo contratistas, subcontratistas, proveedores y trabajadores. Sin embargo, tenga cuidado, el Capítulo 713 de los Estatutos de Florida establece que ciertos contribuyentes del proyecto deben haber obtenido la licencia adecuada en la fecha establecida en el contrato original o en la prestación de servicios para poder reclamar los derechos de gravamen. Los siguientes pasos le guiarán en la presentación de una reclamación válida de gravamen en Florida.
Paso 1: Preparar y entregar una Notificación al Propietario
Esta Notificación al Propietario es un formulario que establece su derecho a presentar una reclamación de gravamen sobre la propiedad. De acuerdo con los Estatutos de Florida, todos los colaboradores del proyecto mencionados anteriormente que no tengan contratos directos con el dueño de la propiedad, deben preparar y entregar este Aviso al Propietario dentro de los 45 días siguientes al inicio de su trabajo para preservar sus derechos de gravamen. En otras palabras, aquellos que no tienen contratos directos con el dueño de la propiedad que buscan presentar un reclamo de gravamen deben preparar y entregar esta Notificación al Propietario incluso si no se le debe ningún dinero en ese momento.
Paso 2: Preparar el Documento de Reclamo de Gravamen
La Sección 713.08 de los Estatutos de Florida, proporciona la forma adecuada y los requisitos específicos para completar el documento de reclamación de gravamen, tales como: el nombre y la dirección del acreedor, la declaración de la mano de obra y los materiales proporcionados, la descripción de la propiedad, el nombre del dueño de la propiedad, la cantidad del gravamen, la prueba de servicio y la advertencia adecuada para incluir al principio del documento.
Paso 3: Notificar la reclamación de gravamen
De acuerdo con la ley de Florida, la reclamación de gravamen debe ser notificada – ya sea en persona, por correo o colocando la reclamación en el local – al propietario antes de registrarla o dentro de los 15 días posteriores al registro del gravamen. La sección 713.08(4) de los Estatutos de Florida establece que la falta de notificación de la reclamación de gravamen en el plazo aplicable hará que el gravamen sea anulable.
Paso 4: Registrar la reclamación de gravamen
La reclamación de gravamen debe registrarse en la oficina del secretario del condado en el que se encuentra la propiedad, en cualquier momento durante el progreso del trabajo o tras su finalización, pero no más tarde de 90 días después de la provisión final de mano de obra, servicios o materiales por parte del acreedor. Si no se registra, el gravamen será inválido e inaplicable.
Aunque este procedimiento parece sencillo, la ley de gravamen de Florida es compleja con muchos plazos y matices que debe conocer. Usted debe consultar con uno de nuestros experimentados y licenciados abogados de la construcción de Miami para asegurarse de que sus derechos están protegidos.